ENLACE CON EL DIARI OFICIAL DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA de 22/06/2012. Se da publicidad a las subvenciones y transferencias de un importe igual o superior a 3.000 euros, concedidas durante el año 2011 por las unidades directivas adscritas al Departamento de la Presidencia.
Algunos ejemplos para que alucinéis:
Ampliación de instalaciones para la impresión del diario La Vanguardia en catalán: 5.500.000 € !!!
Acció Cultural del País Valencià: 550.000 €
Fundació Escola Valenciana (promoción del valenciano): 193.050 €
...son 7 páginas con decenas de millones de € que debéis ver: ALUCINANTES!!!
Nuestro nivel de inglés de los peores de Europa, mientras nuestros políticos pagan a sus hijos colegios bilingües.
Después de leer esta entrada, ¿se puede dudar de la objetividad del diario La Vanguardia???
DEL DELITO DE REBELION
ResponderEliminar¿Quiénes incurren en este delito? Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente para cualquiera de los fines siguientes.
1. Derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución
…………………………………………….
5. Declarar la independencia de una parte del territorio nacional.
(Art. 472 del CP)
¿Cómo se sanciona este delito?
-Los que, induciendo a los rebeldes, hayan promovido o sostengan la rebelión, y los jefes principales de ésta, serán castigados con la pena de prisión de quince a veinticinco años e inhabilitación absoluta por el mismo tiempo; los que ejerzan un mando subalterno, con la de prisión de diez a quince años e inhabilitación absoluta de diez a quince años, y los meros participantes, con la de prisión de cinco a diez años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a diez años.(Art. 473.1 CP)
- Cuando la rebelión no haya llegado a organizarse con jefes conocidos, se reputarán como tales los que de hecho dirijan a los demás, o lleven la voz por ellos, o firmen escritos expedidos a su nombre, o ejerzan otros actos semejantes de dirección o representación. (Art. 474 CP)
¿Se considera rebelión tan solo la acción consumada del art. 472)?
- La provocación, la conspiración y la proposición para cometer rebelión serán castigadas, además de con la inhabilitación prevista en los artículos anteriores, con la pena de prisión inferior en uno o dos grados a la del delito correspondiente (Art. 477)
¿Y si el instigador es una autoridad del Estado?
En el caso de hallarse constituido en autoridad el que cometa cualquiera de los delitos previstos en este Capítulo, la pena de inhabilitación que estuviese prevista en cada caso se sustituirá por la inhabilitación absoluta por tiempo de quince a veinte años, salvo que tal circunstancia se halle específicamente contemplada en el tipo penal de que se trate. (Art. 476 CP)
Yo lo arreglaría de otra manera:
Eliminar1. Destitución del 90% de los políticos actuales.
2. Nombramiento de nuevos y menos políticos, cuyo sueldo sea la mitad por objetivos (si incurren en déficit van cobrando menos).
3. Responsabilidad penal para el uso indebido del dinero público.
4. Necesidad de tener una carrera para ejercer funciones de gobierno (a cualquier nivel).
En resumen, más honestidad y profesionalidad, cono no cambies a l@s politic@s, esto no se arregla.
Lo del periódico La Vanguardia me parece de las cosas más graves publicadas por este blog. Creo que la dirección de La Vanguardia, y la Generalitat deberían dar una explicación.
ResponderEliminarAtenta directamente contra la LIBERTAD DE EXPRESIÓN!!!
Pablo González Santamaría
http://www.dinerospublicos.es
...y por fin 4 meses después de su publicación en el Diari Oficial de Catalunya y 2 meses después de su publicación en este blog...un medio nacional se hace eco de esta subvención...¿será por mi insistencia en medios como twitter????
ResponderEliminarMe alegro, así por lo menos la gente lo leerá más...estará INFORMADA!!!
http://ecoteuve.eleconomista.es/noticias/noticias/4360548/10/12/El-Gobierno-de-Mas-dio-63-millones-en-2011-a-La-Vanguardia-por-imprimir-en-catalan.html
Pablo González Sanatamaría
http://www.dinerospublicos.es